Entradas con la etiqueta ‘Ley de Proteccion de Datos de Caracter Personal’

Obligaciones del Responsable de los Ficheros

Ya hemos comentado que la La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de Diciembre, es muy amplia y por lo tanto las obligaciones legales también lo son.

Leer el resto de esta entrada »

La AEPD envia un requerimiento a Facebook

Desde hace unos días ha saltado la alarma de que varias aplicaciones de la mayor red social mundial, Facebook, han transmitido a anunciantes y empresas, datos de carácter personal, como nombres, identificadores, de sus usuarios e incluso de sus “amigos” de la red social.

Leer el resto de esta entrada »

Red Global de Vigilancia de la Privacidad

En Junio de 2007, la OCDE (Organisation for Economic Co-operation and Developemet) recomendó la creación  de una red de control de protección y privacidad de datos a nivel internacional, a la que propuso una serie de tareas para la creación y gestión: la puesta en común de experiencias y aspectos de la ley de privacidad, abordar los desafíos internacionales o apoyar iniciativas de control y sensibilización a nivel internacional.

Leer el resto de esta entrada »

3ª Sesion Anual Abierta de la AEPD

El próximo día 20  de Octubre tendrá lugar en la Universidad Complutense de Madrid la  3ª Sesión Anual Abierta de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).

La Primera Sesión Abierta de la AEPD se realizó el 22 de Abril de 2008 con motivo de la entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos y el objetivo de  contribuir a disipar las dudas que pudiera plantear la entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la LOPD.

Leer el resto de esta entrada »

La AEPD, supera los dos millones de ficheros inscritos

La Agencia de Protección de Datos, como hemos hablado en diferentes ocasiones, en la entidad sin ánimo de lucro, que se encarga por velar por los derechos de todos los ciudadanos para preservar garantías, respecto a sus datos de carácter personal.

Las Entidades, públicas y privadas deben inscribir sus datos en el Registro de General de Protección de Datos, según se indica en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Leer el resto de esta entrada »

La Inscripcion de Ficheros

Una de las tareas que debemos llevar a cabo para cumplir con todo lo marcado por la Ley Orgánica de Protección  de Datos, es la inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

El Registro General de Protección de Datos, es el órgano que hace posible el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación de datos , regulado en los artículos 14 a 17 de la Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal.

Están obligados a notificar la creación de ficheros para su inscripción, aquellas personas jurídicas o físicas, públicas o privadas, que manejen datos de carácter personal.

Leer el resto de esta entrada »

Figuras Responsables en el Tratamiento de Datos

Para la gestión de la Protección de Datos, es necesario que existan cinco figuras, el interesado, el responsable del fichero o tratamiento de los datos, el encargado de tratamiento de los datos, la agencia española de protección de datos, el responsable de seguridad de la organización.

El interesado, es la persona  física titular de los datos,  que debe ser informado por el responsable del fichero del tratamiento de sus datos, consentirlo y siempre tendrá el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos.

El responsable del fichero o del tratamiento de los datos, puede ser una persona física o jurídica, de naturaleza publica o privada, tiene la capacidad de decisión sobre el tratamiento de los datos incorporados al fichero. Debe implantar las medidas de seguridad necesarisa para garantizar al interesado la confidencialidad de la información proporcionada y la posibilidad de el ejercicio de sus derechos.

Leer el resto de esta entrada »

Suplantaciones de la AEPD

Durante este mes de Junio, la AEPD (Agencia de Protección de Datos) ha descubierto que existen diversas organizaciones suplantando o imitando su identidad con diferentes requerimientos a responsables de ficheros.

La Agencia, ha informado a todos los usuarios que no esta remitiendo dichos requerimientos y por lo tanto que todo aquel que reciba dichos requerimientos, analice bien el remitente de dicho requerimiento, para reconocer a quien pertenece.

Se tramitaran todas las denuncias hechas en este ámbito, para poner en marcha todos los tramites legales para la protección de su imagen y exigir a los responsables de estas prácticas su responsabilidad penal.

Las actividades detectadas por la agencia, son las siguientes:

-          Utilización indebida del logotipo de la Agencia.

-          Membretes o escritos que imitan a los enviados por la Agencia.

-          Denominaciones similares a la AEPD.

El Centro de Formación de Servicios Normativos

¿Que es la AEPD?

La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) es un ente Publico con personalidad jurídica propia que actúa con independencia de las Administraciones Publicas en el ejercicio de sus funciones, bajo el amparo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal  (LOPD) y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, (RDLOPD).

La Agencia de Protección de Datos vela por el cumplimiento del derecho fundamental  a la protección de Datos, información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos personales.

Las Funciones de la AEPD, pasan por informar de todos los derechos, promover campañas, emitir autorizaciones, requerir medidas de corrección, ordenar el cese de tratamiento  y cancelación de datos, sancionar  en caso de ilegalidad, autorizar transferencias de datos…

Leer el resto de esta entrada »

Utilizacion de Bonificaciones para la LOPD

Hace años, que  por parte de algunas consultoras se da la utilizacion de los créditos a la formación, para llevar a cabo acciones no formativas y de implantación de la Ley Orgánica de Protección de Datos en las Organizaciones.

Esta acción, esta totalmente prohibida por la Fundación Tripartita, ya que como todos sabemos, el crédito disponible por las empresas para las bonificaciones, se aplica solo para llevar a cabo acciones formativas dentro de las Organizaciones y no puede ser destinada a otros fines.

Hasta ahora, la Fundación Tripartita no se había pronunciado al respecto sobre estas acciones, pero se ve que las acciones a día de hoy son continuadas y más bien descaradas por parte de algunas organizaciones que por fin, el pasado 14 de Abril ha decidido pronunciarse enviando un comunicado a todas las Entidades Organizadoras, con el siguiente texto:

Leer el resto de esta entrada »